DERECHO AL RETRACTO
El término máximo por ley (artículo 47 ley 1480 de 2011) para ejercer el derecho de retracto sobre los productos adquiridos será de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrega del bien. El Derecho de retracto se hace efectivo siempre y cuando él producto no sea bien de uso personal, no sea un bien perecedero, no presente cambios en sus características de acuerdo con las condiciones en que se entregó, NO HAYA SIDO USADO o se evidencie desgaste alguno y no presente problemas de calidad de derivadas del uso.
La entrega del producto en la devolución debe contar con todos sus accesorios y empaques originales. Dicha verificación la realizará un empleado de la compañía, quien verificará el estado del producto y sus características. Si la persona que autoriza el cambio tiene dudas sobre estos elementos, se le informará al usuario que se requiere un diagnóstico técnico previo para autorizar el cambio y se procederá a solicitar la revisión .
IMPORTANTE: Si hace uso del derecho de retracto tenga en cuenta que los costos de transporte y lo demás que conlleve la devolución del producto son asumidos por el cliente.